Colombia Taurina: Todavía Queda Faena

Colombia Taurina: Todavía Queda Faena

09.08.2026  01:52 p.m.

Redacción: Héctor Esnéver Garzón Mora

El toreo colombiano está contra las tablas, pero no derrotado. Ante la Ley 2385 de 2024 y el Decreto 0703 de 2026, el futuro de la fiesta dependerá de la inteligencia, la unidad y la capacidad del gremio para hacer valer, hasta el último instante, las herramientas que todavía le ofrece el Estado de derecho.

Arbeláez – Colombia. Hay momentos en la vida de un torero en los que todo parece jugar en contra. El toro aprieta, el terreno se hace corto, las tablas están demasiado cerca y el margen para equivocarse prácticamente desaparece. Es entonces cuando desaparecen las florituras y queda lo esencial: conocimiento, serenidad, técnica, valor y una lectura precisa de la embestida. La tauromaquia colombiana vive hoy exactamente uno de esos momentos.

El horizonte que trazan la Ley 2385 de 2024 y el Decreto 0703 de 2026 es, sin duda, uno de los más difíciles que haya enfrentado la fiesta en Colombia. La actividad taurina ha sido colocada ante un proceso de transformación profunda y el calendario avanza hacia el momento en que la prohibición prevista por la ley habrá de desplegar sus efectos. Pero sería un error, especialmente para quienes aman, trabajan y viven de la tauromaquia, confundir la dureza del momento con la inexistencia de caminos.

Porque todavía queda faena. Y quizá lo más importante sea entender que la próxima faena no se librará únicamente en la arena de una plaza. Se librará también en los despachos, en los tribunales, en el Congreso, en los documentos administrativos, en las pruebas económicas, en la defensa de los trabajadores y en la capacidad del gremio para demostrar que el Estado de derecho también obliga al Estado cuando decide transformar radicalmente la vida de un sector entero.

La Ley 2385 representa una decisión del Congreso y, según el material de referencia, su constitucionalidad ya fue examinada por la Corte Constitucional mediante la Sentencia C-374 de 2025. Esa realidad obliga a mirar el problema con inteligencia y sin falsas expectativas. No parece razonable construir toda la estrategia sobre la esperanza de volver a discutir exactamente lo mismo ante el mismo tribunal y con los mismos argumentos. La cosa juzgada constitucional impone límites. Pero reconocer ese límite no significa abandonar la defensa. Significa, por el contrario, aprender a distinguir el toro que ya fue lidiado de aquel que todavía está por salir.

Y ese otro toro tiene nombre propio: la manera en que el Estado ejecuta la transición. Porque una cosa es que el legislador haya establecido un nuevo horizonte para la tauromaquia y otra que la administración pueda desarrollar ese tránsito desconociendo las obligaciones que la propia legislación le impuso. Si la ley contempló mecanismos de reconversión económica y laboral, si ordenó caracterizar a las personas afectadas y si estableció responsabilidades para diferentes entidades públicas, entonces esas obligaciones no pueden convertirse en simples frases escritas en un texto legal. La transición tiene que ser real, verificable y ejecutada.

Ahí puede encontrarse una de las mayores oportunidades jurídicas del sector. El paso del tiempo no borra automáticamente una obligación estatal. Si una autoridad tenía que hacer algo concreto y no lo hizo, el ordenamiento colombiano contempla instrumentos para exigir que lo haga. La Acción de Cumplimiento puede convertirse, en ese sentido, en una herramienta fundamental para llevar al juez la pregunta que el gremio debe formular con precisión: qué debía hacer el Gobierno, qué entidad tenía la obligación, cuándo debía ejecutarla, qué se ha hecho realmente y qué continúa pendiente.

Ya no bastaría con afirmar que la reconversión no ha sido suficiente. Habría que demostrarlo. Y allí empieza una tarea que puede ser tan importante como cualquier demanda: construir la memoria documental del sector.

Cuántos trabajadores existen. Cuántas familias dependen directa o indirectamente de la actividad. Qué programas fueron anunciados. Cuáles fueron ejecutados. Quiénes fueron beneficiarios. Qué recursos se comprometieron. Qué resultados produjeron. Qué alternativas laborales fueron ofrecidas. Cuáles fueron rechazados por insuficientes. Qué daños concretos se han generado. Qué inversiones quedaron comprometidas. Qué contratos fueron afectados. Qué ingresos desaparecieron.

La defensa del toreo necesita transformar la indignación en evidencia. Porque en los tribunales la emoción puede explicar el conflicto, pero la prueba es la que permite demostrarlo.

Y mientras ese frente se desarrolla, existe otro que ha adquirido una importancia extraordinaria: el Decreto 0703 de 2026.

Aquí el terreno jurídico cambia. Ya no se está discutiendo directamente la constitucionalidad de la ley, sino el alcance de la potestad reglamentaria del Ejecutivo. Y esa diferencia puede ser determinante. El Gobierno puede reglamentar una ley, pero el reglamento no puede convertirse en una nueva ley. No puede, bajo la apariencia de desarrollar una norma, modificarla, desnaturalizarla o anticipar sus efectos de una manera que termine vaciando de contenido el régimen establecido por el Congreso.

Por eso, si el Decreto 0703 introduce restricciones que alteran sustancialmente las condiciones de la actividad taurina durante un periodo que la legislación había concebido como transitorio, aparece una pregunta jurídica que merece ser llevada hasta sus últimas consecuencias: ¿el Ejecutivo está reglamentando lo que el Congreso decidió o está ocupando un espacio que constitucionalmente corresponde al legislador?

La respuesta no puede darla una declaración política ni una discusión en redes sociales. La respuesta corresponde a los mecanismos de control judicial. Y allí aparece el Consejo de Estado.

Una demanda de nulidad puede poner bajo examen la legalidad del decreto. Pero, para el sector taurino, hay algo todavía más importante que esperar una sentencia definitiva: impedir, si jurídicamente procede, que mientras llega esa sentencia se produzcan daños que después resulten imposibles de reparar. Por eso adquiere especial relevancia la posibilidad de solicitar una suspensión provisional de los efectos del decreto, como medida cautelar dentro del proceso correspondiente.

En términos taurinos, sería intentar parar la embestida antes de que el toro llegue a los tendidos. No significa que la suspensión sea automática. No significa que cualquier demanda produzca ese efecto. Significa que el ordenamiento ofrece una herramienta para pedir al juez que examine de manera urgente si existen razones suficientes para detener provisionalmente una disposición cuya legalidad está siendo cuestionada.

Y esa posibilidad obliga al gremio a actuar con rapidez, pero también con enorme rigor. Porque en esta faena el tiempo puede convertirse en un adversario tan peligroso como el propio toro.

Mientras tanto, existe otro terreno que no puede ser olvidado: el de los seres humanos que están detrás de la fiesta. El torero, el subalterno, el mozo de espadas, el picador, el banderillero, el ganadero, el trabajador de plaza, el empresario, el artesano, el proveedor, el pequeño comerciante y las familias que encuentran en la actividad taurina una fuente de sustento.

Cuando una decisión estatal afecta de manera grave y concreta el mínimo vital, el trabajo o determinados derechos fundamentales, el debate puede alcanzar el escenario constitucional mediante la Acción de Tutela, siempre que concurran las condiciones exigidas para su procedencia. Y allí hay una diferencia esencial.

No sería únicamente la defensa abstracta de una tradición. Sería la defensa concreta de una persona cuya vida económica puede estar siendo afectada por una decisión estatal. La tauromaquia tendría entonces que demostrar que detrás de cada estadística hay un rostro, detrás de cada puesto de trabajo hay una familia y detrás de cada cierre hay una historia económica que no desaparece simplemente porque una norma haya cambiado.

Porque una transición responsable no consiste únicamente en cerrar una puerta. Consiste también en decirle a quienes quedan al otro lado cómo van a continuar viviendo. Ese es, quizá, el mayor desafío moral y jurídico de todo este proceso.

Y si el Estado no cumple aquello que jurídicamente estaba obligado a hacer y esa omisión produce daños concretos, aparece una discusión adicional: la eventual responsabilidad patrimonial del Estado.

La Constitución contempla la obligación estatal de reparar los daños antijurídicos que sean imputables a su actuación u omisión, de acuerdo con los presupuestos establecidos por el ordenamiento. En un escenario como este, ello podría abrir la puerta al estudio de acciones de reparación por parte de quienes logren demostrar perjuicios reales derivados de una eventual falla estatal.

Pero nuevamente aparece la palabra que puede definir el futuro de muchas reclamaciones: prueba. Por eso, el momento de documentar los daños no será cuando todo haya terminado. Es ahora.

La tauromaquia necesita guardar sus contratos, sus registros, sus inversiones, sus declaraciones, sus empleos, sus compromisos, sus pérdidas y toda evidencia que permita reconstruir, con precisión, lo ocurrido durante la transición.

El futuro litigioso se construye muchas veces con los documentos que alguien tuvo la inteligencia de conservar cuando todavía nadie sabía que serían necesarios.

Y tampoco debe perderse de vista el terreno político. El Congreso no es un escenario ajeno a esta batalla. Es precisamente el lugar donde se expiden las leyes y donde pueden plantearse modificaciones legislativas. Si el modelo de transición demuestra ser insuficiente, si las condiciones económicas y presupuestales hacen inviable la reconversión dentro del periodo inicialmente previsto o si existen razones objetivas para reconsiderar determinados aspectos del proceso, el camino legislativo continúa siendo un terreno de discusión. No hay garantías. No hay atajos. No hay fórmulas mágicas. Pero hay una posibilidad.

Y una posibilidad, en una faena difícil, puede ser suficiente para justificar que el torero siga de pie. Por eso sería un error que el gremio concentrara todas sus fuerzas en una sola vía. La estrategia tiene que ser múltiple, coordinada y profesional. Una parte debe estar en los tribunales; otra, en el Congreso; otra, en la documentación de los trabajadores; otra, en la construcción de argumentos culturales y económicos; otra, en la interlocución con las autoridades; y otra, en la defensa de las situaciones particulares de quienes puedan resultar afectados de manera inmediata.

La clave será que todas esas acciones formen parte de una misma estrategia. No diez capotes moviéndose sin coordinación. Una cuadrilla.

Porque si algo ha demostrado históricamente la tauromaquia es que una gran faena nunca depende exclusivamente del hombre que lleva la muleta. Hay una cuadrilla que prepara el terreno, observa, auxilia, protege y entiende que cada movimiento tiene que responder a un mismo propósito.

El toreo colombiano necesita ahora esa cuadrilla.

·        Necesita unidad.

·        Necesita abogados especializados.

·        Necesita economistas capaces de cuantificar el impacto.

·        Necesita expertos que conozcan la administración pública.

·        Necesita interlocución política.

·        Necesita documentación.

·        Necesita dirigentes capaces de entender que esta no es una batalla de egos, sino una defensa colectiva.

Y necesita, sobre todo, abandonar la idea de que resistir significa simplemente esperar.

·        Resistir también es estudiar.

·        Resistir es organizarse.

·        Resistir es demandar cuando corresponde.

·        Resistir es exigir el cumplimiento de la ley.

·        Resistir es documentar el daño.

·        Resistir es acudir al juez cuando se vulneran derechos.

·        Resistir es participar en el debate legislativo.

·        Resistir es defender a cada trabajador.

·        Resistir es no permitir que la historia de un sector entero quede reducida a una fecha en el calendario.

El camino tampoco termina necesariamente en Colombia. Si después de agotadas las vías internas persisten determinadas afectaciones y se cumplen los requisitos correspondientes, el Sistema Interamericano de Derechos Humanos podría convertirse eventualmente en otro escenario de discusión. No como una solución automática ni como un mecanismo milagroso, sino como una instancia subsidiaria en la que podrían plantearse cuestiones relacionadas con derechos, garantías y proporcionalidad de determinadas actuaciones estatales, siempre dentro de las exigencias propias del sistema.

Es decir: todavía existen caminos. Quizá no sean caminos fáciles. Quizá algunos sean estrechos. Quizá otros requieran paciencia. Pero existen. Y eso cambia completamente la lectura de este momento.

La tauromaquia colombiana no puede desconocer la realidad. La Ley 2385 está vigente y su constitucionalidad ya fue examinada en los términos señalados. El horizonte de 2027 representa un desafío enorme. El Decreto 0703 introduce una nueva fuente de controversia. El margen político es reducido. El tiempo no sobra. Pero precisamente porque el momento es difícil, la respuesta no puede ser el desaliento.

La esperanza no consiste en creer que las dificultades no existen. La esperanza consiste en saber que todavía hay algo que hacer frente a ellas. Y hay mucho por hacer.

·        Hay que leer la ley.

·        Hay que estudiar el decreto.

·        Hay que identificar las obligaciones.

·        Hay que exigir respuestas.

·        Hay que construir expedientes.

·        Hay que documentar la reconversión.

·        Hay que proteger a los trabajadores.

·        Hay que acudir a los jueces cuando corresponda.

·        Hay que defender cada derecho con argumentos.

·        Hay que hablar con el Congreso.

·        Hay que convencer a quienes todavía pueden escuchar.

Y, sobre todo, hay que hacerlo juntos. Porque el mayor peligro no es únicamente que el toro sea grande. El mayor peligro sería entrar al ruedo sin saber dónde está.

La historia taurina está llena de momentos en los que todo parecía perdido y, sin embargo, una decisión precisa, una lectura inteligente del animal y un instante de valor cambiaron completamente la faena. La situación actual puede ser una de esas.

No sería responsable prometer que las herramientas jurídicas garantizarán la continuidad de la tauromaquia. Nadie puede hacerlo. Tampoco sería serio afirmar que una demanda, una tutela, una medida cautelar o una reforma legislativa producirán automáticamente el resultado que desea el sector.

Pero sí puede afirmarse algo: el toreo colombiano todavía no está obligado a guardar los trastos. Todavía puede defender sus derechos. Todavía puede exigir que el Estado cumpla sus obligaciones. Todavía puede controvertir jurídicamente los actos administrativos que considere contrarios a la ley. Todavía puede reclamar protección para quienes resulten afectados. Todavía puede documentar los daños. Todavía puede buscar soluciones legislativas. Todavía puede organizarse. Y todavía puede luchar.

Por eso, quizá la imagen que mejor describe este momento no sea la de una plaza vacía. Es la de un torero contra las tablas, con el toro encima, el terreno comprometido, el público en silencio y, sin embargo, la muleta todavía desplegada.

Queda poco terreno. Pero queda. Queda poco tiempo. Pero queda. Quedan menos caminos. Pero quedan. Y mientras exista un camino jurídico que recorrer, una obligación estatal que exigir, un derecho que defender, un trabajador que proteger y una instancia ante la cual presentar argumentos, la faena no puede darse por terminada.

El toreo colombiano ha vivido durante generaciones de una palabra que resume su esencia: valor. Ahora tendrá que demostrar otra que quizá sea todavía más importante: inteligencia. Inteligencia para no desperdiciar las oportunidades. Unidad para no dividir las fuerzas. Disciplina para documentar. Seriedad para litigar. Grandeza para dialogar. Y coraje para llegar hasta el final.

Porque el último tercio aún no ha terminado. Y mientras el torero conserve la muleta en la mano, mientras el toro siga embistiendo y mientras quede un solo terreno por conquistar, nadie puede decir que la faena está perdida. Todavía queda faena.

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